domingo, 9 de junio de 2013

Las PyMEs.

Las PyMEs.

            Se llama PyMEs a las Pequeñas y Medianas Empresas constituidas correspondientemente de acuerdo a la ley de cada país.



Los criterios para calificar a una PyME difieren de acuerdo a donde esta establecida la misma sea en un país o región comercial, por ejemplo los criterios del MERCOSUR, o de Paises como Brasil o Bolivia no son los mismos que los argentinos.

En Argentina, la Ley 24.467 tiene por objeto promover el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas impulsando para ello políticas de alcance general a través de la creación de instrumentos de apoyo.

Según esta Ley, se entiende por pequeña empresa a aquella cuyo plantel no supere los 40 (cuarenta empleados); por su parte las empresas medianas según esa misma ley son aquellas que emplean de 50 a 100 personas; de allí en adelante se tratará de una gran empresa.

            En Argentina, la llamada ley PYME (24.467) originalmente fue sancionada como una herramienta para combatir el desempleo, dado que estas empresas se caracterizan por emplear mano de obra intensiva.  A partir de su sanción el Estado formula diversas políticas y líneas de ayuda estatal, e instituye un régimen de bonificación de tasas de interés para las micro, pequeñas y medianas empresas que tienden a disminuir el costo de créditos para:

- Adquisición de bienes de capital propios de la actividad de la empresa;

- Constitución de capital de trabajo;

- Reconversión y aumento de la productividad;

- Actualización y modernización tecnológica, de procedimientos administrativos, gerenciales organizativos y comerciales y contratación de servicios de consultoría;

- Financiar y prefinanciar las exportaciones de los bienes producidos por las Pymes.


También establece la creación de las Sociedades de Garantía Recíproca, como herramienta para "facilitar a las Pymes el acceso al crédito".

La función de las SGR conforme (arts. 32 y 33 de la ley 24.467) será entonces el otorgamiento de garantías a las Pymes, a fin de respaldar el riesgo crediticio cuando solicitan asistencia financiera, y accesoriamente brindar asesoramiento técnico, económico y financiero a los socios.

El Decreto 908/95 (B.O. 20/12/95) reglamentario de la Ley 24.467, en sus disposiciones se refiere a las SGR, con la finalidad de dar soluciones a las diversas cuestiones prácticas que se han planteado en el desenvolvimiento funcional de las Pymes.

Luego, con la sanción de la Ley 25.300 el 7 de Septiembre de 2000, el Estado implanta cambios e innovaciones para las SGR, con el propósito de "alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva".

Asimismo el Decreto 1076/2001, complementa las cuestiones nuevas introducidas en el sistema por la Ley 25.300.

Legislación General de las PYMES.

            -Ley 24.467
            -Ley 25.300
            -Ley 26.496
            -Resolución SePyME 21/2010 – lasificacion PYME
         -Disposición SsPyMEyDR 147/2006  (secretaria de la pequeña y mediana empresa y Desarrollo regional)       

ARTICULO 1º.- A los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1º del Título I de la Ley Nº 25.300, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales expresadas en Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a continuación.



Sector Tamaño
Agropecuario
Industria y Minería
Comercio
Servicios
Construcción

Microempresa

610.000

1.800.000

2.400.000

590.000

760.000


Pequeña Empresa

4.100.000

10.300.000

14.000.000

4.300.000

4.800.000

Mediana Empresa

24.100.000

82.200.000

111.900.000

28.300.000

37.700.000


En el año 2013 y a través de la Resolución 50/2013 se estableció que serán considerada Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales no superen lo expresado a continuación.-

AGROPECUARIO: $54.000.000

INDUSTRIA Y MINERÍA: $ 183.000.000

COMERCIO: $250.000.000

SERVICIOS: $63.000.000

CONSTRUCCIÓN: $84.000.000

La Resolución 21/2010 en relación con la definición del tamaño de la empresa caracteriza la condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en función de la variable "ventas anuales".


Se entenderá por valor de las ventas totales anuales, el valor que surja del promedio de los últimos TRES (3) años a partir del último balance inclusive o información contable equivalente adecuadamente documentada.


En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido en el párrafo anterior, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha".